Plan de clase · Unidad 3 · Tema 1

Introducción a la Unidad 3 + Legislación internacional en cuidados paliativos

AsignaturaContexto Histórico y Legal de los CP (37542001)
Fecha24 de abril de 2026
ModalidadSincrónica virtual (UAN)
Duración120 min · 8:00–10:00 a.m.
DocenteJorge
Sesión siguiente08/05/2026 (presencial) · Temas 2 y 3

SECCIÓN 01Panorama de la sesión

De la política al derecho: en qué cambia la pregunta entre la Unidad 2 y la Unidad 3.

UNIDAD 2 · Pregunta anterior
📋
¿Qué políticas existen en el ámbito regional e internacional?
Identificación · Descripción · Mapeo
LA PREGUNTA
TRANSFORMA
UNIDAD 3 · Pregunta nueva
⚖️
¿Cuáles de esos instrumentos generan obligaciones legales exigibles para Colombia?
Análisis jurídico · Hard / Soft law · Exigibilidad
MAPA MENTAL

Arquitectura de la sesión · 24 de abril · 120 minutos

Hard law / Soft law Convergencia 2013–2014 Colombia en el escenario BLOQUE 1 De la política al derecho Caso Doña Carmen (Caquetá) 4 grupos × 4 instrumentos 5 vías jurídicas BLOQUE 2 ABP normativo · Doña Carmen Unidad 3 Legislación Internacional MENSAJE CLAVE 2013–2014: de la caridad al derecho humano exigible La paradoja colombiana ley sí · garantía no Pregunta abierta ¿por qué sin morfina?
BLOQUE 1
De la política al derecho
Distinción hard law / soft law
Convergencia normativa 2013–2014
Colombia en el panorama latinoamericano
BLOQUE 2
Las cinco vías jurídicas
Caso detonador: Doña Carmen · Caquetá
4 grupos × 4 instrumentos internacionales
Construcción colectiva del marco jurídico
MENSAJE CLAVE DE LA SESIÓN
Antes
de 2013
🤲
Cuidados paliativos como acto de caridad
2013–2014
Ventana histórica
2013
2014
⚖️
CP como derecho humano exigible
10 años
después
Hoy
🗺️
Tenemos la ley · sin garantía territorial
¿Por qué Doña Carmen sigue sin morfina?

Herramienta HTML5 para la actividad grupal

La actividad en breakout rooms (9:08–9:28) se realiza con una interfaz interactiva dedicada, con el caso, la consigna, el instrumento asignado y formularios de trabajo por grupo.

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Esta sesión introduce la distinción fundamental entre hard law y soft law como herramienta de análisis crítico del marco normativo. La exposición teórica de las cinco vías jurídicas no precede al análisis grupal: emerge de él (aula invertida aplicada a contenido jurídico). Los estudiantes ya conocen WHA67.19 de la Unidad 2 como política; hoy la reexaminan como soft law con obligaciones programáticas.

SECCIÓN 02Recorrido de la sesión

Dos bloques. En el primero construimos el marco conceptual; en el segundo lo ponemos a prueba con un caso real.

Apertura reflexiva

¿Política o derecho?

Unidad 2 — preguntamos:
¿Qué políticas existen en el ámbito regional e internacional?
Unidad 3 — ahora preguntamos:
¿Cuáles de esos instrumentos generan obligaciones legales exigibles para Colombia?
💬
Activación en chat (1 min)
Escribe en el chat un instrumento de la Unidad 2 que recuerdes y di si crees que es vinculante o no vinculante para Colombia.
Marco conceptual

Hard law · Soft law

No todos los instrumentos internacionales son iguales. La distinción clave determina qué puede exigirle un ciudadano al Estado.

🔴
Hard Law
Derecho duro · Vinculante
  • Genera obligaciones jurídicamente exigibles
  • El Estado puede ser declarado responsable
  • Ejemplo: tratados ratificados, convenciones
Ejemplo en la sesión: Convención Interamericana A-70
vs.
🔵
Soft Law
Derecho blando · Orientador
  • Genera compromisos políticos y morales
  • No es directamente justiciable
  • Ejemplo: resoluciones, recomendaciones
Ejemplo en la sesión: WHA67.19 (OMS, 2014)
🗺️
Para un paciente en Caquetá: ¿qué diferencia práctica tiene que el instrumento que debería protegerlo sea hard law o soft law?
Las cinco vías jurídicas — construiremos estas juntos hoy:
1 Derecho a la salud
Fundamentación desde el derecho al más alto nivel de salud (PIDESC Art. 12). Los cuidados paliativos como componente del derecho a la salud integral.
2 Prohibición de la tortura
Informe Méndez (A/HRC/22/53, 2013): negar el alivio del dolor puede constituir trato cruel, inhumano o degradante. Obligación negativa del Estado.
3 Derechos de poblaciones específicas
Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad. Consenso de Montevideo (CEPAL, 2013) para personas mayores.
4 Fiscalización de drogas
Resoluciones 53/4 y 54/6 de la Comisión de Estupefacientes (ONU): garantizar acceso a opioides con fines médicos. Brecha Colombia: Bogotá ~18 mg/cápita vs. amazonia ~0.19 mg/cápita.
5 Soft law global
WHA67.19 (OMS, 2014): resolución mundial sobre CP. CD62.R8 (OPS, 2025). Generan compromisos programáticos aunque no sean directamente justiciables.
Síntesis histórica

La ventana 2013–2014

En solo 14 meses, seis instrumentos de distinta naturaleza jurídica convergieron en un mismo mensaje: el acceso a los cuidados paliativos es un derecho humano.

Feb. 2013
Informe Méndez · A/HRC/22/53
Relator Especial ONU · Tortura
Negar el alivio del dolor = trato inhumano o degradante
Hard Law
Ago. 2013
Consenso de Montevideo · Medida C.29
CEPAL · Conferencia Regional
Garantizar CP para una muerte digna
Soft Law
Sep. 2013
Resolución CD52.R9
OPS · Consejo Directivo
Plan de acción regional ENT con CP; antecedente regional de WHA67.19
Soft Law
May. 2014
Resolución WHA67.19
67ª Asamblea Mundial de la Salud · OMS
Primera resolución mundial sobre CP como componente básico de los sistemas de salud
Soft Law
Sep. 2014
Ley 1733 · Ley Consuelo Devis Saavedra
🇨🇴 Congreso de Colombia
Colombia regula los servicios de CP — uno de solo 5 países latinoamericanos con ley específica
Colombia actúa
2014
CM/Rec(2014)2
Consejo de Europa · Comité de Ministros
CP como expresión de la dignidad humana en todas las etapas de la vida
Soft Law
💡
Entre 2013 y 2014 los cuidados paliativos pasaron del ámbito de la caridad al ámbito del derecho humano exigible. Colombia fue actor activo de ese momento histórico.
Contextualización

Colombia en perspectiva latinoamericana

Datos del Atlas ALCP 2025 — ¿dónde está Colombia en el mapa regional?

~20
países en América Latina
5
países con ley específica de CP
Chile · Colombia · Costa Rica · México · Perú
10
reportan programa nacional
⚠️ La paradoja colombiana
Colombia tiene
La ley
Ley 1733 de 2014
Colombia no garantiza
El derecho efectivo
en todo el territorio
Bogotá ~18 mg morfina/cápita · Departamentos amazónicos ~0.19 mg/cápita
Brecha aproximada: ×90 (OCCP, 2024)
Puente · Bloque 2

Lo que construimos hasta aquí

La diferencia entre tener una política y tener una obligación jurídica exigible
La distinción hard law / soft law y sus consecuencias prácticas
La ventana histórica 2013–2014: cuando los CP pasaron a ser derecho humano
La paradoja colombiana: ley sí, garantía territorial no
Ahora vamos a mapear exactamente cuáles son esas obligaciones internacionales y qué significan para el caso de Doña Carmen.
⚖️
BLOQUE 2 · Tema 1

Las cinco vías jurídicas, construidas desde el caso de Doña Carmen

📋 Caso detonador

Doña Carmen

Cáncer gástrico estadio IV Dolor EVA 9/10 Municipio disperso · Caquetá Sin morfina en farmacia 72 h de referencia
Preguntas que guían el análisis:
  1. ¿Qué derecho(s) está viendo vulnerado en este caso?
  2. ¿El instrumento asignado a su grupo protege a Doña Carmen?
  3. ¿Qué obligación genera para Colombia?
  4. ¿Hay un dato empírico de su departamento que conecte con este caso?
Instrumentos asignados por grupo
G1
Giraldo · Sierra · Herrera
WHA67.19
Resolución OMS, 2014
Soft Law
G2
Rodríguez · Vega · Rennis
Convención A-70
Convención Interamericana
Hard Law
G3
Reales · Maradiaga · Montero
Informe Méndez
A/HRC/22/53, ONU, 2013
Hard Law
G4
Ruiz · Manrique · Cháux
Res. 53/4 y 54/6
Comisión de Estupefacientes
Soft Law

Herramienta interactiva para el trabajo grupal

Cada grupo accede a su sala de trabajo con el caso, el instrumento asignado y los formularios de análisis.

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SECCIÓN 04Guía de la exposición docente: la convergencia 2013–2014

Material exclusivo del docente. La convergencia no debe presentarse como dato conocido por los estudiantes, sino como una síntesis original que revela el patrón histórico subyacente.

Narrativa sugerida

«Entre agosto de 2013 y septiembre de 2014 — apenas 14 meses — ocurrió algo sin precedentes en la historia de los cuidados paliativos. Seis instrumentos de distinta naturaleza jurídica, provenientes de órganos diferentes del sistema internacional, convergieron en un mismo mensaje: negar el acceso a los cuidados paliativos y al alivio del dolor no es solo una falla de política pública; es una violación de derechos humanos.»

Los seis hitos (cronológico)

Feb. 2013
A/HRC/22/53 · Informe Méndez (Relator Especial sobre la Tortura, ONU)
Negar el alivio del dolor constituye trato cruel, inhumano o degradante, incluso como acto de omisión y negligencia estatal.
Ago. 2013
Consenso de Montevideo · Medida C.29 (CEPAL)
Compromiso de garantizar acceso a CP para una muerte digna, en el marco de los derechos de las personas mayores.
Sep. 2013
Resolución CD52.R9 (OPS/OMS, Consejo Directivo)
Plan de acción regional sobre ENT con mención a cuidados paliativos; antecedente regional de la WHA67.19.
May. 2014
Resolución WHA67.19 (67ª Asamblea Mundial de la Salud, OMS)
Primera resolución mundial sobre CP: insta a ampliar el acceso como componente básico de los sistemas de salud.
Sep. 2014
Ley 1733 de 2014 · Ley Consuelo Devis Saavedra (Congreso de Colombia)
Regula los servicios de cuidados paliativos en Colombia. Uno de los 5 países latinoamericanos con ley específica.
2014
CM/Rec(2014)2 (Comité de Ministros, Consejo de Europa)
Recomienda garantizar CP como expresión de la dignidad humana en todas las etapas de la vida.

Conexión con la paradoja colombiana

Colombia fue actor activo de este momento histórico: adoptó la Ley 1733 apenas meses después de la WHA67.19. Sin embargo, una década después, la brecha de acceso a opioides entre Bogotá (~18 mg/cápita) y departamentos amazónicos (~0.19 mg/cápita) es de aproximadamente 90 veces. Solo 3 de cada 10 pacientes que necesitan CP los reciben efectivamente (OCCP, 2024).

«Colombia fue parte de este momento histórico en 2014. Han pasado más de diez años. Desde la realidad de sus departamentos: ¿se cumplió la promesa?»

SECCIÓN 05Mapa de instrumentos jurídicos internacionales

Se presenta en pantalla compartida durante la plenaria del Bloque 2. Los estudiantes pueden descargarlo para completar la columna de implicación para Colombia desde sus propios territorios.

1
Derecho a la salud
Fundamentación desde el derecho al más alto nivel posible de salud física y mental
Instrumento Año Naturaleza Contenido relevante para CP Implicación para Colombia
PIDESC · Art. 12ONU Asamblea General 1966/1976 Hard law · tratado Derecho al más alto nivel posible de salud física y mental. Colombia ratificó el PIDESC. El derecho a la salud incluye acceso a CP según la interpretación del CESCR.
Observación General No. 14CESCR (Comité DESC) 2000 Soft law interpretativo El derecho a la salud incluye acceso a cuidados paliativos como componente del derecho a morir con dignidad. Obliga a Colombia a garantizar acceso a CP dentro de su sistema de salud.
CEDAW · Rec. Gral. No. 27Comité CEDAW 2010 Soft law interpretativo Mujeres mayores: acceso a CP como parte del derecho a la salud con perspectiva de género. Colombia, parte de CEDAW, debe considerar el acceso diferencial de mujeres mayores a CP.
CRC · Obs. Gral. No. 15Comité Derechos del Niño 2013 Soft law interpretativo El derecho del niño a la salud incluye cuidados paliativos pediátricos. Obliga a garantizar CP pediátricos; brecha crítica en departamentos sin oncología pediátrica.
Lista de Medicamentos Esenciales OMSOMS · actualizada Periódica Referencia técnica Sección 2: Dolor y CP. Incluye morfina (todas las formulaciones), hidromorfona, oxicodona, fentanilo, metadona. Colombia debe garantizar disponibilidad de estos medicamentos en todo el territorio.
2
Prohibición de la tortura y tratos crueles
La denegación del alivio del dolor como trato cruel, inhumano o degradante
Instrumento Año Naturaleza Contenido relevante para CP Implicación para Colombia
Informe Relator Nowak · A/HRC/10/44Relator ONU sobre la Tortura 2009 Soft law persuasivo La denegación de acceso al alivio del dolor constituye trato cruel, inhumano o degradante. Aplica directamente a la brecha de opioides entre departamentos colombianos.
Informe Relator Méndez · A/HRC/22/53Relator ONU sobre la Tortura 2013 Soft law persuasivo Profundiza: la omisión estatal en garantizar alivio del dolor, cuando el Estado tiene o debería tener conocimiento del sufrimiento, constituye trato cruel incluso como acto de negligencia. Colombia tiene conocimiento de la brecha (OCCP 2024). La inacción podría configurar responsabilidad estatal.
ACNUDH · InformeAlto Comisionado DDHH ONU 2015 Soft law Acceso a medicamentos fiscalizados es parte crítica del derecho a la salud. Refuerza la obligación de garantizar opioides para fines médicos.
3
Derechos de poblaciones específicas
Instrumentos enfocados en personas mayores y grupos vulnerables
Instrumento Año Naturaleza Contenido relevante para CP Implicación para Colombia
Convención Interamericana A-70OEA 2015 Hard law · tratado Define CP explícitamente (Art. 2). Art. 12: los Estados deben garantizar CP en servicios de cuidado a largo plazo. Único instrumento vinculante del sistema interamericano que menciona CP. Colombia depositó el instrumento de adhesión el 27 de septiembre de 2022. Vigente para Colombia. Aprobada por Ley 2055 de 2020, declarada exequible por Sentencia C-395 de 2021. Genera obligaciones exigibles ante el sistema interamericano.
Resolución 48/3 CDHConsejo DDHH ONU 2021 Soft law Derechos humanos de personas de edad: mención explícita de CP. Pide a los Estados aprobar políticas y leyes que garanticen CP. Refuerza la obligación política de Colombia de integrar CP en la atención a personas mayores.

Hallazgo pedagógico para G2. La nota al pie del plan original pide al docente verificar el estado de ratificación de la Convención A-70 antes de la sesión. Verificación realizada al 17/04/2026: Colombia aprobó la Convención por la Ley 2055 del 10 de septiembre de 2020; la Corte Constitucional la declaró exequible en Sentencia C-395 del 19 de noviembre de 2021; y el Ministro de Relaciones Exteriores firmó el instrumento de adhesión el 13 de septiembre de 2022, depositándolo ante el Secretario General de la OEA el 27 de septiembre de 2022.

La Convención es vinculante para Colombia. Esto modifica el encuadre original del análisis grupal de G2: el reto ya no es «Colombia no la ha ratificado, ¿qué implica eso?», sino «Colombia la ratificó; ¿qué obligaciones exigibles genera eso y por qué la brecha territorial persiste pese al instrumento vinculante?» — un ángulo aún más potente para la tensión obligación jurídica ↔ realidad territorial.

4
Fiscalización internacional de drogas y doble obligación
Tensión entre control de sustancias y garantía de acceso médico a opioides
Instrumento Año Naturaleza Contenido relevante para CP Implicación para Colombia
Resoluciones 53/4 y 54/6Comisión de Estupefacientes · ECOSOC 2010–2011 Soft law Disponibilidad adecuada de sustancias fiscalizadas para fines médicos y científicos, evitando desvío y abuso. Colombia debe equilibrar control de sustancias con garantía de acceso médico a opioides.
Resolución 2005/25 ECOSOCConsejo Económico y Social ONU 2005 Soft law Tratamiento del dolor mediante analgésicos opioides: los países deben garantizar su disponibilidad. Fundamento normativo directo para la política de opioides en Colombia.
UNGASS 2016Asamblea General ONU 2016 Soft law · documento final Reafirmación de la doble obligación: garantizar disponibilidad para fines médicos Y prevenir abuso/desvío. La asimetría histórica (más énfasis en control que en acceso) es la raíz normativa de la brecha de opioides.
5
Soft law global con fuerza normativa
Instrumentos no vinculantes que generan obligaciones programáticas
Instrumento Año Naturaleza Contenido relevante para CP Implicación para Colombia
WHA67.1967ª Asamblea Mundial de la Salud · OMS 2014 Soft law · obligaciones programáticas Primera resolución mundial sobre CP. Insta a integrar CP como componente básico de los sistemas de salud, con énfasis en APS y atención comunitaria/domiciliaria. Ya trabajada en Unidad 2 como política. Ahora se reexamina: no es vinculante per se, pero genera obligaciones programáticas para Colombia como Estado Miembro.
CM/Rec(2014)2Consejo de Europa 2014 Soft law · recomendación CP como expresión de la dignidad humana en todas las etapas de la vida, incluidos enfermos terminales. No aplica directamente a Colombia (no es miembro del Consejo de Europa), pero es referente comparativo para la región.

SECCIÓN 06Micro-caso clínico detonador y actividad grupal

El caso activa la búsqueda normativa. La exposición teórica no precede al análisis: emerge de él.

Caso detonador: acceso a opioides en territorio disperso

Caso · Doña Carmen · Caquetá

«Doña Carmen, 62 años, diagnóstico de cáncer gástrico estadio IV, reside en un municipio disperso del Caquetá. Lleva tres días con dolor oncológico EVA 9/10. El médico del hospital de primer nivel prescribe morfina oral. La farmacia del hospital no tiene el medicamento: nunca lo ha tenido. El sistema de referencia hacia Florencia tardará al menos 72 horas. La hija de Doña Carmen pregunta al médico: ‘Doctor, ¿no hay una ley que nos proteja? ¿No tiene mi mamá derecho a que no la dejen sufrir así?’»

Preguntas:

  1. ¿Qué derechos fundamentales están en juego en este caso?
  2. ¿Existe alguna norma internacional —no colombiana, internacional— que obligue a Colombia a garantizar este acceso?
  3. ¿Qué tipo de norma sería: una recomendación, una política o una obligación legal exigible?
  4. ¿Se podría argumentar que Doña Carmen está siendo sometida a un trato cruel por omisión del Estado?

Actividad grupal: análisis de naturaleza jurídica inducido por el caso

Duración: 20 minutos en breakout rooms. Cada grupo recibe un instrumento internacional y debe analizarlo en relación con el caso de Doña Carmen respondiendo cuatro preguntas: (1) Clasificación hard/soft law; (2) Aplicación al caso y argumento para la hija de Doña Carmen; (3) Obligación para Colombia y nivel de cumplimiento; (4) Conexión territorial con los departamentos de ejercicio profesional.

Asignación de instrumentos por grupo

GRUPO 1 · OPS/PAHO ↔ PAIS-MAITE
WHA67.19 (2014)
Coherente con su eje OPS/MAITE del curso. Ya conocen este instrumento como política; ahora deben reexaminarlo como soft law. El reto es argumentar qué tipo de obligación genera si no es vinculante.
Giraldo · Sierra · Herrera
GRUPO 2 · CEPAL ↔ RIAS colombianas
Convención Interamericana A-70 (OEA, 2015)
Coherente con su eje CEPAL/RIAS. Único instrumento vinculante del sistema interamericano que menciona CP explícitamente. Reto actualizado: Colombia ratificó en 2022 — ¿qué obligaciones exigibles genera esto y por qué la brecha persiste?
Rodríguez · Vega · Rennis
GRUPO 3 · ALCP/Atlas ↔ GPC No. 58
Informe Relator Méndez · A/HRC/22/53 (2013)
Coherente con su eje ALCP/GPC. El argumento de la tortura por omisión es el más provocador del marco jurídico. Conecta directamente con la brecha de opioides en sus territorios.
Reales · Maradiaga · Montero
GRUPO 4 · Mesa de Integración Territorial
Res. 53/4 y 54/6 Comisión de Estupefacientes
Coherente con su rol de síntesis territorial. La doble obligación (acceso médico vs. control de abuso) es el núcleo normativo de la brecha de opioides que han mapeado transversalmente.
Ruiz · Manrique · Cháux
Orientaciones durante los breakout rooms. Visitar cada sala brevemente (2–3 minutos). No dar respuestas: hacer preguntas orientadoras. Si un grupo clasifica erróneamente, preguntar: «¿Un Estado puede ser demandado ante un tribunal internacional por incumplir este instrumento? ¿Qué les dice eso sobre su naturaleza jurídica?» Si un grupo no logra la conexión territorial, facilitar con datos específicos: «¿Cuántos servicios de CP hay en su departamento? ¿Hay acceso a morfina oral en su municipio?» Atención especial a G2: ahora que Colombia es parte de la Convención A-70 (adhesión depositada el 27/09/2022), si el grupo no llega al análisis de por qué la brecha persiste pese al tratado vinculante, orientar hacia el Art. 12 y la figura de las peticiones individuales ante la CIDH (Art. 36).

Herramienta HTML5 para los breakout rooms

Archivo interactivo independiente con el caso, la consigna, tarjetas por grupo con su instrumento asignado y formulario de trabajo exportable. Listo para compartir en pantalla o enviar por chat al inicio del minuto 9:08.

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SECCIÓN 09Cierre de la sesión y apertura hacia el Tema 2

Síntesis de hallazgos y pregunta abierta hacia la sesión presencial del 8 de mayo.

Síntesis de hallazgos

El docente sintetiza en pantalla compartida los resultados de la plenaria, organizados por las 5 vías jurídicas que emergieron del análisis colectivo. El caso de Doña Carmen se retoma como hilo conductor:

  • Vía 2 (Méndez, 2013) permitía argumentar que su sufrimiento configura trato cruel por omisión.
  • Vía 4 (fiscalización de drogas) revela que la doble obligación no se cumple en su municipio.
  • Convención A-70 la protegería explícitamente: Colombia ya es Estado Parte (adhesión depositada 27/09/2022) y la obligación del Art. 12 es exigible.

Pregunta abierta de transición

«Si existe un marco jurídico internacional que reconoce los CP como derecho humano, que prohíbe la denegación del alivio del dolor, y que obliga a los Estados a garantizar el acceso a medicamentos esenciales... ¿por qué Doña Carmen sigue sin morfina? Esta pregunta nos acompañará en las próximas sesiones, cuando analicemos cómo cinco países latinoamericanos tradujeron —o no— estas obligaciones en legislación nacional.»

Cierre con Bonilla Sierra (2021)

Si no se presentó ya en el minuto 9:42, el docente pregunta: «¿Algún grupo ha revisado una fuente del curso que conecte directamente el marco jurídico internacional con la realidad de los cuidados paliativos en América Latina?» Si ningún grupo la menciona (como ha ocurrido hasta ahora), el docente presenta Bonilla Sierra (2021) — «Cuidados paliativos en Latinoamérica», Revista de Nutrición Clínica y Metabolismo, 4(2), doi:10.35454/rncm.v4n2.226 — como lectura obligatoria pendiente para la sesión del 8 de mayo.

Apertura hacia la sesión del 8 de mayo

La sesión siguiente (presencial) abordará el Tema 2 (legislación en cuidados paliativos en Latinoamérica) y el Tema 3 (leyes, decretos y resoluciones nacionales de Colombia). Los estudiantes llegarán con: (a) el marco jurídico internacional como base, (b) la pregunta abierta de por qué Doña Carmen sigue sin morfina, (c) su producto de Legal Design Thinking, y (d) la lectura de Bonilla Sierra (2021).

SECCIÓN 10Referencias bibliográficas

Formato APA 7. Se incluyen las fuentes obligatorias del curso y fuentes complementarias verificadas.

  • Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos. (2015). Estudio sobre las repercusiones del problema mundial de las drogas en el ejercicio de los derechos humanos (A/HRC/30/65). Consejo de Derechos Humanos, 30º período de sesiones.
  • Asamblea Mundial de la Salud. (2014). Resolución WHA67.19: Fortalecimiento de los cuidados paliativos como componente de una atención integral durante el curso de la vida.
  • Bonilla Sierra, P. (2021). Cuidados paliativos en Latinoamérica. Revista de Nutrición Clínica y Metabolismo, 4(2). https://doi.org/10.35454/rncm.v4n2.226
  • Brennan, F. (2007). Palliative care as an international human right. Journal of Pain and Symptom Management, 33(5), 494–499. https://doi.org/10.1016/j.jpainsymman.2007.02.022
  • Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. (2000). Observación General No. 14: El derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud (E/C.12/2000/4).
  • Congreso de la República de Colombia. (2014). Ley 1733 de 2014 (Ley Consuelo Devis Saavedra). Diario Oficial.
  • Congreso de la República de Colombia. (2020). Ley 2055 de 2020 · Por medio de la cual se aprueba la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores. Diario Oficial.
  • Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas. (2013). Informe del Relator Especial sobre la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, Juan E. Méndez (A/HRC/22/53).
  • Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas. (2021). Derechos humanos para personas de edad (A/HRC/RES/48/3).
  • Corte Constitucional de Colombia. (2021). Sentencia C-395 de 2021 (revisión de la Ley 2055 de 2020).
  • Ezer, T., Lohman, D., y de Luca, G. B. (2018). Legal support for palliative care patients. Journal of Pain and Symptom Management, 55(2S), S157–S162.
  • Naciones Unidas. (2009). Informe del Relator Especial sobre la tortura, Manfred Nowak (A/HRC/10/44).
  • Observatorio Colombiano de Cuidados Paliativos. (2024). Informe técnico 2024. http://occp.com.co/
  • Organización de los Estados Americanos. (2015). Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores (A-70).
  • Organización Mundial de la Salud. (2021). Planificación e implantación de servicios de cuidados paliativos: Guía para directores de programa.
  • Pastrana, T. (2022). Cuidados paliativos y derechos humanos de las personas mayores. En CEPAL, Visión multidisciplinaria de los derechos humanos de las personas mayores (LC/CRE.5/3).
  • Pastrana, T., De Lima, L., Sánchez-Cárdenas, M., y otros. (2025). Atlas de cuidados paliativos de las Américas 2025. Asociación Latinoamericana de Cuidados Paliativos (ALCP).
Verificación de fuentes. Todas las referencias han sido verificadas contra los documentos del proyecto del curso y contra las correcciones técnicas acumuladas durante el diseño instruccional. La sigla «CD58.R22» (inexistente) no aparece en este documento. La RIAS de cuidado paliativo no se menciona como instrumento autónomo. La WHA67.19 se reexamina desde su naturaleza jurídica, no se repite como contenido de la Unidad 2. El estado de adhesión de Colombia a la Convención A-70 (27 de septiembre de 2022) fue verificado el 17 de abril de 2026 contra fuentes oficiales del Ministerio de Salud y Protección Social, la Cancillería de Colombia, la OEA y la CIDH.